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El estado de alarma no inmoviliza el estado de derecho, por María José López

Como abogada en estos días me estoy enfrentando a muchas consultas de clientes y amigos sobre el tema de los ERTES, sobre los mecanismos de esta suspensión de empleos, bajo el marco del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19- . Que decretó el estado de alarma, y el siguiente – Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.- referido a las condiciones sociales y económicas. La situación es compleja y dura, tan compleja y dura que cualquier decisión, ahora más que nunca, no se puede tomar pensando en uno mismo, ni siquiera en una empresa, sino en concepto de país. Ahora más que nunca en este contexto o tiramos todos juntos, o la baraja se rompe, y se rompe por lo más deleznable la insolidaridad.

 

Pero con ser todo esto difícil, especialmente cuando las vidas humanas sufren y se van, frente a las estadísticas que vuelan. No podemos tampoco como sociedad dejar que esta situación deje vértice o margen de maniobra para el no respeto a nuestras normas. Normas que consagran el Estado de Dere cho del que ahora más que nunca hemos de apelar, porque es el que nos da y proporciona todas las certidumbres: la de la salud, para que esa salud universal sea real y efectiva, y no selectiva; el derecho al trabajo y que no se vea hurtado del mismo sin que antes pueda saberse si es improcedente o precedente; el derecho a la educación sin que tenga que afectar lugar, territorio o condición y que no esté condicionado.

 

Que esa igualdad que predica nuestra constitución sea tan real, que la discriminación no quepa en este estado de alarma, porque con el decreto del mismo, lo que se pretende es prevenir situaciones que afecten en masa a la salud pública de los ciudadanos.

 

Durante el proclamado estado de alarma se mantiene en toda su plenitud los preceptos de nuestra Constitución, que en su artículo diez señala que la dignidad humana, el libre desarrollo de su personalidad, y el respeto a la ley y a los derechos a los demás son fundamentos del orden público y de la paz social. Y en esto debe estar nuestro país. Todos tenemos que tener la fortaleza para resistir, para aguantar, y también para exigir que este estado de derecho no se vea violentado por comportamientos insolidarios, que no aúnen esfuerzo y compromiso en salir todos juntos, frente a una pand emia que nos ha pegado todo un zarpazo, en algunos casos, mortal en nuestra forma de vivir. Quizás la propia sociedad occidental ha estado ausente, en demasía, en planteamientos que hoy se demandan como única salida a todo esto LA SOLIDARIDAD Y EL RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA. Que este estado de alarma, no inmovilice nuestro Estado de Derecho.

María José López González
Abogada
www.mjlg.es

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3 COMENTARIOS

  1. Hola! Mi empresa se ha acogido al ERTE, por lo del coronavirus, pero ha incluido solamente, los fijos, los fijos discontinuos de 9 meses, pero no los fijos discontinuos. Que tenemos que empezar a trabajar el 04/04. «Es una empresa de servicios». Eso es legal?

  2. HOLA BUENOS DIAS SOY JENNY TENGO 56 AÑOS Y QUIERO SABER SI PUEDO ACOJERME A LA AYUDA DE LOS 430 EUROS MI MOVIL ES 622676875

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