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Si me hacen un contrato mercantil, ¿debo causar baja en el paro?


El cobro de prestaciones por desempleo es incompatible con el desempeño de una actividad económica, y ello, en principio, con independencia de que no se alcance una facturación mínima. Si inicia una actividad mercantil de forma continuada, procederá su alta en el Régimen General de Trabajadores Autónomos. Si va a trabajar en exclusiva con una única empresa, en muy posible que además tenga la consideración de trabajador autónomo dependiente. Es importante que tenga presente que las responsabilidades en materia de Seguridad Social y Fiscal, le corresponde al trabajador autónomo.

 

En cuanto a su segunda pregunta, si no está más de dos años como trabajador autónomo, de cesar en la actividad mercantil, podría pedir la reanudación de su prestación por desempleo, en la cuantía y por el tiempo que le restara, por lo que a priori, intentar una actividad económica no le perjudica respecto al cobro de prestaciones ya reconocidas.

 

 

 

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2 COMENTARIOS

  1. Hola me están ofreciendo un contrato mercantil ,me comentan que pagaría 60 e de autonomo y que me quitarían un 7por ciento de IRPF ,pero tendría mis vacaciones pagadas ,mi derecho por maternidad en el caso de embarazo ,y si me pusiera enferma podría estar de baja cobrando la seguridad social .
    Esto es así ??

  2. Buenas;yo soy pensionista y cobro una pension de 750€,yo pudiera cobrar la ayudad del INE,ya que lo divido por dos y no no llego a cobra los 475€que tienen como fijo para poder cobrar la ayudad del INE, o por ser pensionista no puedo cobrarlo del para,tambien estoy escrito como demandante de empleo,en el I:N:E

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