La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha puesto en marcha un nuevo paquete de financiación de 170 millones de euros destinado a la contratación indefinida o fija-discontinua de más de 35.000 personas desempleadas.
En el programa se dará prioridad a la creación de empleo entre el colectivo de personas que más ha sufrido la crisis. Concretamente, los jóvenes, las personas mayores de 45 años, las personas con discapacidad y las mujeres.
Plazo de presentación de solicitudes
Se prevén subvenciones que oscilan entre los 3.500 y los 6.600 euros por cada contrato indefinido o fijo-discontinuo que formalicen las empresas y autónomos andaluces. Las podrán solicitar hasta el 18 de noviembre. Podrán subvencionarse las contrataciones que se realicen a partir del 1 de abril de 2022 y hasta esa fecha.
El contrato debe formalizarse tanto a jornada completa como a jornada parcial, siempre que esta no sea inferior al 50% de la primera. Se exceptúa el caso de las personas con discapacidad. Por otro lado, la persona a contratar debe estar inscrita como demandante de empleo no ocupada en el Servicio Andaluz de Empleo.
La tramitación será completamente telemática. Toda la información y acceso a formularios se encuentra disponible en este enlace.
Desglose de las ayudas
La cuantía de la subvención será de 3.500 euros por cada contrato laboral indefinido formalizado a jornada completa.
Ascenderá a 4.500 euros cuando la persona contratada tenga 45 o más años. Por su parte, será de 5.000 euros cuando la persona contratada esté incluida en los grupos de cotización del I al IV de la Seguridad Social o se contrate a un joven menor de 30 años.
En caso de que sea menor de 30 años y se encuentre en dichos grupos de cotización, la cuantía ascenderá a 5.500 euros. Por otro lado, todas estas cuantías se incrementarán un 10% cuando la persona contratada sea mujer o una persona con discapacidad de las que presentan mayores dificultades de acceso al mercado laboral.
La norma establece también aumentará a los 6.600 euros si, además de los supuestos anteriores, la persona contratada es mujer con discapacidad. En el caso de que la contratación se formalice a jornada parcial o el contrato indefinido sea fijo-discontinuo a jornada completa, la cuantía de la subvención será del 50% de las cuantías anteriores y del 25% si el contrato fijo-discontinuo se suscribe a tiempo parcial.
Por su parte, el contrato laboral indefinido debe mantenerse por un periodo mínimo de doce meses de forma ininterrumpida a contar desde la fecha de inicio de la actividad laboral. El contrato laboral fijo-discontinuo se mantendrá al menos en las mismas condiciones. No obstante, requerirá que el tiempo de servicios prestados en el año siguiente al de la contratación sea el mismo o superior al prestado en el año de la contratación.