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Claves de la nueva ley rider aprobada por el Gobierno

¿Conoces las claves de la nueva ley rider?

El Boletín Oficial del Estado publicó este miércoles el real decreto-ley 9/2021tras su aprobación en el último Consejo de Ministros.

La nueva norma modifica el texto recogido en el Estatuto de los Trabajadores para garantizar los derechos laborales de las personas dedicacas al reparto en el ámbito de plataformas digitales.

Lo primero que hay que tener en cuenta que la conocida como ley rider cambia la relación laboral existente hasta la fecha entre los repartidos y determinadas empresas de reparto.

De esta forma, el real decreto-ley determina la presunción de laboralidad de las actividades de reparto o distribución de cualquier tipo de producto o mercancía a través de la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo a través de una plataforma digital.

Esto significa que los repartidores serán trabajadores asalariados, lo que conlleva que tendrán acceso a la misma protección social que cualquier otro empleado por cuenta ajena.

Otras claves de la nueva ley rider

Otro de los puntos más destacados del texto es que se recogen los derechos de información y consulta de la representación de las personas trabajadoras en el entorno laboral digitalizado.

Así, los representantes deberán ser informados por la empresa de las reglas en las que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.

En este sentido, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, aseguró que “todo el mundo tiene derecho a saber las razones de las decisiones que le afectan” y que “no se pueden automatizar sin dar explicaciones al trabajador”.

Las empresas tendrán tres meses para su aplicación

Por último el texto publicado este miércoles en el BOE indica que las empresas dispondrán de tres meses a partir de su difusión para conocer la norma y adoptar las medidas que sean necesarias para su aplicación.

Pincha aquí para acceder al texto íntegro publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Y si quieres conocer otras noticias relacionadas con ofertas de trabajo como repartidor que vamos publicando en Portalparados pincha aquí.

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