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¿Quieres ser registrador de la propiedad, mercantil o de bienes inmuebles?

Por cierto que las personas con discapacidad o en situación de desempleo no tendrán que pagar las tasas necesarias para presentarse a esta oposición. Además los exámenes deben convocarse en un plazo máximo de ocho meses desde que se publicó la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Los ejercicios de las oposiciones, según figura en el articulo 506 de la Ley Hipotecaria, serán cuatro:

El primero consistirá en contestar verbalmente y en el tiempo máximo de una hora, cinco temas sacados a la suerte de los comprendidos en el programa que se cite en la convocatoria de las siguientes materias: tres de Derecho Civil, Común y Foral (uno de cada parte en que se halla dividido el programa); uno de Derecho Mercantil, y uno de Derecho Administrativo o Procesal.

El segundo ejercicio consistirá en contestar verbalmente y en el tiempo máximo de una hora, cinco temas sacados a la suerte del mismo programa, de las siguientes materias: tres de Derecho Hipotecario (uno de cada parte en que se halla dividido el programa); uno de Derecho Fiscal, y otro de Derecho Notarial.

El tercer ejercicio consistirá en calificar un documento y en la redacción del informe en defensa de la nota, en el tiempo máximo de seis horas.

El cuarto ejercicio consistirá en practicar, en el tiempo máximo de seis horas, las operaciones procedentes de liquidación y registro, hasta dejar inscrito o anotado un documento, o denegada o suspendida la inscripción o anotación.

Podéis leer la convocatoria aquí.

 

 

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