La Junta de Gobierno ha convocado un proceso de selección para la concesión de 33 Becas de Iniciación Profesional para la formación práctica de los letrados. Los becarios realizarán actividades de estudio, investigación o información relacionados con materias jurídicas y profesionales en general, dentro de los departamentos y servicios del Colegio
El otorgamiento de las becas se ajustará a las siguientes bases que figuran en su web:
1ª) Durante el año de vigencia de la beca, el becario queda obligado a desarrollar las actividades de interés colegial que le sean encomendadas con el régimen de dedicación necesario, requiriéndosele una presencia física aproximada de veinticinco horas semanales de lunes a viernes con el horario que se establezca para cada servicio.
2ª) Será compatible la función de becario con la actividad necesaria para su actuación profesional en los asuntos de su propio despacho, siempre que sea sin perjuicio de lo expresado en la base 2ª de esta convocatoria.
3ª) El desempeño de la función de becario es totalmente incompatible con cualquier otro tipo de colaboración con el Colegio (colaborador, Servicio de Orientación Jurídica, etc.).
4ª) El becario recibirá, durante un año, un fondo de beca de 460 euros mensuales a los que se les aplicará la retención correspondiente. Además tendrá beneficios especiales para el acceso a cursos del programa del Centro de Estudios, siempre que no interfieran con el desarrollo de la Beca.
5ª) El responsable del servicio al que haya sido asignado ejercerá las funciones de tutoría, orientación, organización y supervisión de las actividades desarrolladas por los becarios, con la facultad de modificar libremente la asignación de las tareas encomendadas
Así mismo, el Colegio podrá cambiar el servicio al que está adscrito el becario cuando las circunstancias así lo recomienden o exijan, así como suspender el disfrute de las becas en caso de incumplimiento grave.
6ª) La beca en ningún caso será renovable y no podrán optar a ella aquellas personas que hayan disfrutado de una Beca de Iniciación Profesional con anterioridad.
7ª) El criterio para la adjudicación de las becas se inspirará en la capacidad profesional del solicitante, la disponibilidad y los resultados obtenidos en las pruebas de selección.
8ª) Para concurrir a la presente convocatoria de las becas será necesario:
– Tener residencia en la Comunidad de Madrid.
– Estar colegiado en el Colegio de Abogados de Madrid antes del 17 de septiembre de 2010, fecha de cierre del plazo de admisión de solicitudes, con una antigüedad inferior a cinco años en dicha fecha.
– Ser colegiado ejerciente en el momento de presentar la solicitud, durante el proceso de selección y hasta la finalización del disfrute de la beca.
– Estar al corriente de pago de obligaciones colegiales y no estar sancionado o incurso en expediente deontológico.
9ª) Las solicitudes de becas deberán presentarse en la oficina de registro del Colegio (c/ Serrano, nº 11) antes de las 14:00 hs. del día 17 de septiembre de 2010 en el formato oficial que se adjunta a esta convocatoria.