Mi esposa, de nacionalidad hondureña, ha cotizado algo más de 5 meses. Anteriormente tan solo había hecho prácticas a través de la UIB (Universidad de les Illes Balears), que no se si puede utilizarse también como cotizado.... Por ejemplo hizo prácticas en una Consellería del Consell Insular de Mallorca, o en una empresa hotelera. El caso es que ahora está en el paro. Quisiera saber: 1º ¿Tiene derecho a cobrar por desempleo? 2º ¿Tiene derecho a algún tipo de ayuda adicional? 3º ¿Las prácticas a través de la UIB, pueden ser tenidas en cuenta para cotizar?