Sí, podrán embargarte las prestaciones contributivas y subsidios por desempleo en virtud de una orden judicial o resolución administrativa y en la cuantía que el título ejecutivo disponga.
Sin embargo, no se podrá embargar la prestación contributiva, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional (para el año 2011 SMI 641,40 €). El salario mínimo interprofesional es inembargable. No obstante, los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a la siguiente escala:
Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 %.
Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 %.
Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 %.
Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 %.
Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 %.
Existen bienes que son inembargables, como por ejemplo:
1.º El mobiliario y el menaje de la casa, así como las ropas del ejecutado y de su familia, en lo que no pueda considerarse superfluo. En general, aquellos bienes como alimentos, combustible y otros que, a juicio del tribunal, resulten imprescindibles para que el ejecutado y las personas de él dependientes puedan atender con razonable dignidad a su subsistencia. 2.º Los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio a que se dedique el ejecutado, cuando su valor no guarde proporción con la cuantía de la deuda reclamada. Puedes consultarlo en la Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 605, 606 y 607. (http://civil.udg.es/normacivil/estatal/lec/L3T4.htm)
Hola tengo una deuda con la seguridad social, estoy en paro y lo solicite, no me han pagado el mes de julio, era de 345 €. Tengo un hijo a cargo. Me pueden embargar todo el paro? Gracias
Debo ala CaixaBank unos 5000€ e pagado la tarjeta y un préstamo de 2000€ desde 2005 siempre asta hace dos meses yevo en paro desde febrero del 2018 , puedo acogerme ala ley de la segunda oportunidad,ya que cobro 600€ de desempleo ke dentro de un año termino y con dos hijos a cargo? Gracias
Cómo puedo saber si el juzgado me embargo el paro este mes se ve en el portal del SEPE?
Hola me podría ayudar porfavor. Hace unos seis años monte un negocio el cual fue mal cerré y quedo tres meses de autónomo sin pagar, tengo pendiente a oagar la seguridad social unos 1.000 euros, ahora por haber trabajado un poco tengo derecho a un desempleo de 200 euros, me lo quitaría? Podrían dejarme din nada?
Me han embargado la totalidad del paro por una capitalizacion.Que puedo hacer?
Si pongo un comentario, ¿ cómo puedo saber si el moderador lo ha admitido o no? y ¿Ver la respuesta a él?
Gracias
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