Me encuentro trabajando en una empresa en la que llevo casi diez años en horario de mañana y me ha entregado una carta en la que me indican que a partir del 1 de diciembre tengo que empezar a trabajar de mañana y tarde. Yo entiendo que esto es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y que por tanto tengo derecho a rescindir el contrato y a una indemnización de 20 días por año. Me gustaría saber si simplemente con entregarles una carta donde explique mi decisión y con la entrega posterior que ellos me hagan del certificado de empresa donde se especifique como causa del desempleo la rescisión voluntaria del contrato por modificación sustancial de las condiciones de trabajo sería suficiente para cobrar el paro o sería necesario una intermediación del SMAC.