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¿Cómo afecta al trabajo el estado de alarma y el toque de queda?

Seguramente te has preguntado si afecta al trabajo el estado de alarma y el toque de queda que se ha impuesto este fin de semana a través de un Real Decreto en el BOE.

Por eso, queremos responder a las principales preguntas que se te pueden plantear ante esta situación.

Lo primero que debes tener en cuenta es que el horario del toque de queda varía en función de la comunidad autónoma en la que vivas. Con carácter general, el Real Decreto establece que la restricción de movimientos se realizará de 11 de la noche a las 6 de la mañana.

No obstante, cada comunidad autónoma puede determinar que el inicio de las restricciones comiencen a de 10 a 12 de la noche y finalicen entre las 5 y las 7 de la mañana.

¿Puedo trabajar si el horario de entrada o salida coincide con el toque de queda?

Es una pregunta habitual cuando nos planteamos cómo afecta al trabajo el estado de alarma y el toque de queda. La respuesta es que sí porque el Real Decreto establece que durante el horario de restricciones nocturnas, se permite la movilidad de personas en los casos de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

Por ejemplo, si eres el propietario de un establecimiento hostelero o cualquiera de sus trabajadores con permiso en su zona para cerrar a las 12 de la noche, podrás regresar a casa aunque ya haya comenzado el toque de queda.

Eso sí, deberás acreditar esta situación mediante un salvoconducto que puede firmar tu empresa si eres trabajador o la misma persona si eres autónomo aunque en éste último caso se recomienda adjuntar un recibo del pago a la Seguridad Social de la cuota.

El salvoconducto es necesario si trabajas en cualquier otro sector siempre que tu horario de entrada o salida coincida con las restricciones de circulación en cada comunidad autónoma. De hecho se indica en la orden que está permitido «el retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado», entre las que se encuentran las obligaciones laborales.

De cualquier manera, si te surgen dudas, puedes dejarnos tu comentario y trataremos de responder todas aquellas que queden en el aire. Y también puedes consultar el Real Decreto en el BOE aquí.

Puedes ver toda la actualidad sobre ofertas de empleo y decisiones que afecten al mundo del trabajo aquí.

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16 COMENTARIOS

  1. Hola! Trabajo en la recepción de un Centro Deportivo, el toque de queda aquí en Asturias es hasta las 22.00h pero yo debería de trabajar hasta las 22:30h. que sería mi horario habitual.
    ¿Qué pasa con esa media hora? ¿La debo a la empresa? ¿Debería quedarme a puerta cerrada hasta esa hora?

    Muchas gracias!

  2. Buenas en las palmas el toque de queda es a la 10 mi mujer tiene un salvaconducto pero mi mujer no tiene carnet y donde vivimos no hay transporte. Yo podria ir a recojerla como marido? Gracias

  3. un familiar puede ir a buscarme del trabajo después después d esas 22:00 yo tengo certificado de empresa pero la persona?

  4. Hola, trabajo en turno rotativo, cuando voy de tardes mi horario es de 15,30,, a 23,15,,.Por el toque de queda me obligan a acabar mi jornada de trabajo a las 21 horas. Me ofrecen recuperar esas horas en mi horario libre,o reducción de salario proporcional o, entrar en erte, no se que puedo hacer

  5. hola buenas tardes soy camionero y trabajo en un pueblo distinto al mío pero en la misma provincia el tema está en que me tiene que ir a recoger en el toque de queda después del toque de queda sobres de madrugada hay algún problema algún inconveniente en que vayan a recogerme

  6. Hola, tengo una imprenta donde trabajo yo sólo, a las 6 de la tarde cierro al público y sigo trabajando. ¿Puedo trabajar hasta después del toque de queda que en Andalucía es hasta las 22,00 h, y podrían multarme en el desplazamiento después de esa hora de mi negocio a mi casa? Gracias

  7. Hola, tengo una duda acerca del toque de queda. Eventualmente trabajo en Soria, pero vivo en Almería. Saliendo a mediodía de trabajar es muy difícil que vuelva en hora a Almería. ¿Debo pernoctar en Soria? ¿o puedo ir a Almería a pesar de que llegue después del toque de queda?

    • Si Almería es el lugar donde estás empadronado, debes llevar un documento que lo acredite por si te para la guardia civil. Y a la vuelta a Soria, debes llevar un documento de tu empresa que indique que vas a trabajar

  8. Hola buenas , trabajo en una empresa a turnos . En el turno de tarde nuestra salida es a las 11 de la noche … Yo no tengo vehículo y me recoge mi pareja . ¿Influye el toque de queda en esto ? ¿Mi pareja o algún familiar puede seguir recogiendome sin problema ?

  9. Trabajo en el puerto de Barcelona, salgo de trabajar a las 23:00h y siempre me vienen a recoger para no ir sola a esas horas. La persona que me viene a recoger que podría presentar para no ser multada?
    Gracias!

  10. Hola, trabaj en guadalajara, mi empresa es de Madrid y vivo en Malaga.
    ¿Puedo volver a mi casa el fin de semana si cierran perimetralmente las comunidades autonomas?
    Entre semana duermo en Madrid porque es donde est a empresa.

    gracias

  11. Hola,

    Tenemos planeada una sesión de fotografía en Madrid en la que habrá más de 6 personas (9 en total) en un mismo lugar. ¿Es posible juntarse tantas personas y desplazarse desde otra localidad? Todo con un justificante de la empresa.

    Muchas gracias por adelantado,
    L.

  12. Hola, debido a la campaña de difuntos trabajo en una floristería. Normalmente salimos bastante más tarde de las 11 de la noche, ya que nos quedamos dentro a puerta cerrada trabajando, por que en los horarios de apertura al público es inviable hacer el alto número de encargos, por lo que mi pregunta es si puedo desplazarme a mi casa fuera de las 11 de la noche por este motivo laboral aunque el horario de la tienda sea hasta las 9 de la noche (con el justificante pertinente, obviamente)

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