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Crear Sociedades Cooperativas: La unión hace la fuerza

   A nivel nacional en el primer trimestre de 2010 se ha creado un 17 por ciento más de cooperativas de trabajo asociado que en el mismo período del año anterior, lo que ha supuesto un aumento del 13 por ciento de empleos de socios trabajadores.

   Así, indica que en algunas comunidades estas cifras «se disparan», como es el caso de Murcia, con un 82 por ciento más de cooperativas de trabajo; Cataluña (+36,3%), y Andalucía (+31%). En este sentido, destaca que Andalucía es la región que lidera el ranking nacional en este sector.

   Actualmente, Andalucía, País Vasco y Cataluña aglutinan más del 50 por ciento del tejido productivo nacional y lideran la creación de empleo, tal y como se recoge en el Anuario 2009-2010 de Confederación de Entidades para la Economía Social (Cepes).

   Para el presidente de Faecta, Manuel Mariscal, «las cooperativas son empresas más resistentes y flexibles ante periodos de dificultad económica». «Las cooperativas son empresas gestionadas por los propios trabajadores y trabajadoras, en los que junto a los objetivos económicos, también está el compromiso del equipo, dando prioridad a las personas que forman ese proyecto empresarial», apunta.

   El informe de Cepes menciona que las mujeres conforman alrededor del 50 por ciento de las cooperativas de trabajo asociado e incluso el 80 por ciento en sectores como el de la dependencia. «La juventud también apuestan por este sector, ya que la mayoría son emprendedores  que al verse inmersos en una situación de precariedad optan por las alternativas de la economía social, desarrollando su proyecto en empresas cooperativas que priorizan a la persona por sobre el capital», señala.


Cómo se constituye una Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado y qué ventajas tienes

En primer lugar debéis saber que la Sociedad Cooperativa debe estar formada por, al menos, tres personas y para conformar su capital inicial, podés capitalizar el paro e incluso algunos colectivos disponen de ayudas más importantes, como son los discapacitados, los mayores de 45 años, los menores de 25 años sin experiencia, las mujeres, etc. Aunque cada comunidad autónoma tiene ayudas específicas, podéis descargaros el PDF que veréis al final de la información para saber la cuantía de las ayudas para cada colectivo e incluso las ventajas fiscales que tiene esta figura.

En cuanto a la tramitación, tienes que seguir estos pasos:


icononaranja Paso 1. Solicitud del certificado de denominación no coincidente

Se trata de solicitar una Certificación del Registro de Cooperativas en la que figure que el nombre que hemos decidido dar a nuestra cooperativa no corresponde a otra ya existente.

Es recomendable que solicitemos más de un nombre, relacionándolos por orden de prioridad.

Este certificado tiene una validez de seis meses desde la fecha en que se expide pudiendo prorrogarse otros seis.

icononaranja Paso 2. Desembolso del capital social


Se trata de abrir una cuenta corriente a nombre de la cooperativa donde los/as socios/as realizan el aporte del capital social que le corresponde a cada uno/a de ellos/as. El banco es de elección libre por parte de los/as socios/as. Se ha de ingresar al menos el 25 % del capital social.

icononaranja Paso 3. Elaboración de Estatutos Sociales



Los Estatutos recogen de qué manera se va a organizar la cooperativa. Éstos, junto con la Ley, son el marco de referencia en que la cooperativa se va a mover.

Los Estatutos deberán contener al menos los siguientes aspectos:

 – La denominación de la sociedad.
 – El domicilio social.
 – El ámbito territorial dentro del cual la Cooperativa puede desarrollar actividades
   cooperativizadas.
 – La actividad o las actividades empresariales a desarrollar.
 – La duración de la sociedad. 
 – La responsabilidad de los/as socios/as por las deudas sociales. 
 – Los requisitos para la admisión como socio/a. 
 – La participación mínima obligatoria del socio/a en la actividad. 
 – Normas de disciplina social (faltas y sanciones). 
 – Forma y plazo para convocar la Asamblea General. 
 – El capital social mínimo. 
 – La aportación económica mínima obligatoria para ser socio/a. 
 – Otras exigencias impuestas por la Ley.

icononaranja Paso 4. Calificación previa de los Estatutos Sociales (opcional)

Es un trámite opcional, esto es, solo se realizará si los/as promotores/as así lo solicitan. Se trata de la posibilidad de solicitar al registro de Cooperativas competente, antes de acudir al Notario, que compruebe que todos los actos, documentos y acuerdos que hemos adoptado hasta el momento son conformes a la Ley. Es un trámite que suele dilatar en un par de meses más la duración del proceso habitual de constitución, que suele ser de dos meses aproximadamente.

Este es un trámite gratuito que se recomienda realizar en aquellos casos en los que se tienen dudas sobre la legalidad de alguno o algunos de los acuerdos adoptados.

icononaranja Paso 5. Elevación a Escritura Pública de los Estatutos Sociales


Mediante la firma ante Notario los/as promotores/as de la cooperativa elevan a públicos los acuerdos relativos a la constitución de la cooperativa, los Estatutos Sociales y la elección de las personas que ocuparán los cargos sociales.

Desde el momento en que hemos realizado el acto formal de constitución de la cooperativa ante el Notario, la situación de la sociedad será la de estar «en constitución”. En esta situación, aunque la sociedad aún no figure en el Registro, podrá realizar contratos y obligarse con terceros.

icononaranja Paso 6. Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados

Hemos de liquidar este impuesto que grava el 1% del capital social de la empresa. Hay que presentar la liquidación, pero no se ha de pagar cantidad alguna ya que las cooperativas trabajo están exentas de este impuesto. El impreso de liquidación es el modelo 600 de Hacienda de la comunidad de Madrid y tendremos que acudir a la Consejería de Hacienda de la comunidad de Madrid (no a la Agencia Tributaria).

icononaranja Paso 7. Solicitud del Código de Identificación Fiscal (CIF) – Declaración previa al inicio de la actividad
Se solicita en la Administración de la Agencia Tributaria mediante la presentación del modelo 036. Se nos entregará un CIF provisional para cooperativas “en constitución”. Antes de transcurridos 6 meses hay que solicitar el CIF definitivo. Este mismo impreso se utiliza para dar comunicación e inicio de actividad de la cooperativa y las variaciones de datos en la cooperativa.

icononaranja Paso 8. Inscripción en el Registro de Cooperativas



La inscripción se deberá solicitar al Registro Central de Cooperativas (para el caso que la empresa cuente con centros de trabajo en más de una Comunidad Autónoma o con socios/as cuyo domicilio esté en Comunidades Autónomas diferentes) o en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (en el supuesto en que todos/as los/as socios/as tengan su domicilio en la Comunidad de Madrid y que todos los centros de trabajo se encuentren dentro de la Comunidad de Madrid) en el plazo de un mes a contar desde la fecha de firma en el Notario.

En el período máximo de los tres meses siguientes, a contar desde el momento de entrega de la documentación, recibiremos comunicación del Registro indicándonos si existe alguna irregularidad o si, por el contrario, se entiende que todo lo tramitado es conforme a la Ley. Si la resolución es desfavorable tendremos que hacer las subsanaciones y/o modificaciones sugeridas por el Registro de Cooperativas.

icononaranja Paso 9. Declaración de comienzo efectivo de la actividad y declaración de actividades y locales.

Mediante la presentación, de nuevo, del modelo 036 en la Administración de la Agencia Tributaria, se notificará:

 -La fecha de inicio efectivo de la actividad.
 -La  declaración de la actividad principal y/ secundarias que se vayan a desarrollar.
 -Los locales destinados directa o indirectamente al desarrollo de la actividad o
  actividades.

icononaranja Paso 10. Afiliación de la empresa en la Seguridad Social y alta de los/as socios/as-trabajadores/as que inicien la actividad empresarial

Para poder empezar a trabajar, con anterioridad al inicio de la actividad, hay que solicitar la afiliación de la empresa en la Seguridad Social –caso que se hubiese optado por el Régimen General-, así como el alta en el régimen que corresponda de todas las personas que empiecen a desarrollar su trabajo. Se presentará la documentación en la oficina que corresponda al domicilio social de la cooperativa.

icononaranja Paso 11. Comunicación de apertura del centro de trabajo

Se ha de comunicar, dentro de los treinta días siguientes al inicio de actividad, la apertura del centro de trabajo ante la Dirección General de Trabajo y Empleo de la Comunidad de Madrid, presentando una Evaluación Inicial de Riesgos Laborales.

icononaranja Paso 12. Libro de Visitas y Libros Sociales Obligatorios


El libro de visitas es un Libro obligatorio que ha de tener la empresa por cada centro de trabajo.

En el aspecto societario, la cooperativa ha de disponer y tener actualizados, al menos:

– Libro de Actas.
– Libro de Registro de Socios/as.

Se diligenciarán ante el Registro de Cooperativas de Madrid antes de empezar a escribir en ellos.

icononaranja Paso 13. Licencia Municipal de Apertura y Licencias Especiales.

La Licencia de Apertura se tramitará ante el Ayuntamiento o, en su caso, en la Junta Municipal que corresponda. Es posible que por razón de nuestra actividad estemos obligados a inscribirnos en registros específicos o a obtener licencias concretas

 

Archivos adjuntos

XCRF_que-es-una-cooperativa-castellano.pdf

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