El próximo 28 de diciembre se aprobará en el Consejo de Ministros así que a falta de leer la letra pequeña, te presentamos las principales claves de la reforma laboral acordada por el gobierno y los agentes sociales.
Este acuerdo ha sido fruto de intensas negociaciones durante las últimas semanas y permite cumplir con uno de los mandantos que nos habían impuesto desde la Unión Europea para obtener los fondos Next Generation que ayudarán a la recuperación económica del país.
Aunque algunas organizaciones empresariales se mostraban reticentes al texto, finalmente la CEOE decidió aprobarlo en sus organos de gestión, al igual que lo han hecho los responsables de UGT y CCOO.
Tras el visto bueno, estas son las principales claves de la reforma laboral acordada por el gobierno y los agentes sociales:
- Los contratos indefinidos serán los habituales y se limita el uso del contrato temporal
Con el fin de acabar con las altas tasas de temporalidad, la nueva reforma laboral elimina los contratos por obra y servicio y reduce a dos los contratos temporales: el estructural y el formativo.
El contrato estructural servirá para empresas que tengan picos altos de producción y no podrá durar más de doce meses seguidos. Si un trabajador está 18 meses de los últimos 24 con un contrato de estas características, pasará a considerarse indefinido automáticamente.
También se podrá utilizar para campañas, como la de navidad o rebajas pero en ese caso su duración máxima deberá ser de 90 días.
El contrato formativo irá dirigido a trabajadores menores de 30 años que hayan terminado sus estudios en los últimos tres años
2. Lucha contra el fraude en la contratación
Agentes sociales y gobierno han acordado endurecer las sanciones a las empresas que abusan de la temporalidad. Por ejemplo, se penalizará con 27 euros aquellos contratos que finalicen en menos de un mes que incluirían los contratos de fin de semana o de vacaciones. Por su parte, las multas por contratos fraudulentos se incrementan hasta los 10.000 euros
3. Se potencia la figura del Fijo-discontinuo
Dentro de la lucha contra la temporalidad, la reforma laboral contempla la potenciación de la fórmula de los fijos-discontinuos para aquellos trabajos de temporada que se repiten cada año. Como te puedes imaginar, estamos hablando como ejemplo más significativo de la temporada de verano en muchos establecimientos turísticos donde ya se usa esa fórmula aunque se puede extender a otros.
4. Prevalencia del contrato sectorial sobre el de empresa
Este es uno de los puntos que se había eliminado en la anterior reforma laboral y ahora se recupera. Los sindicatos lo consideraban como uno de los puntos imprescindibles del acuerdo para luchar contra la precarización de las condiciones laborales. Eso sí, se mantiene el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores que permite a las empresas modificar las condiciones de trabajo por causas económicas o productivas
5. El convenio no decaerá hasta que se negocio uno nuevo
Este es otro de los puntos considerados más lesivos de la anterior reforma laboral por parte de los sindicatos. Se establece que si un convenio finaliza su periodo de vigencia, se mantendrá hasta que se negocie uno nuevo. Tras la última reforma del gobierno del PP, tan sólo se ampliaba su vigencia doce meses, con lo que los sindicatos se veían obligados a negociar con una posición más débil frente a la empresa por la presión de perder todos los derechos logrados en convenios anteriores.
6. Lucha contra la precarización de las subcontratas
La subcontratación de servicios se ha convertido en una fuente de precariedad en el empleo y con este acuerdo, se pretende frenar. A partir de la entrada en vigor de la reforma, las contratas y subcontratas deberán cumplir el convenio colectivo de la actividad a la que se dedican, independientemente de la empresa a la que pertenezcan sus trabajadores. Esta medida puede afectar a las empresas multiservicios. Los sindicatos subrayan que esto «supone un importante golpe a fenómenos precarizadores como las empresas multiservicios», y evitará la devaluación salarial que padecían los trabajadores de las subcontratas, al aplicárseles un convenio diferente al de la empresa que contrataba.
7. Se consolidan y se regulan los ERTES
Tras haberse convertido en uno de los elementos fundamentales durante estos casi dos años de pandemia, la reforma laboral consolida la figura de los ERTES y establece dos modalidades que se mantendrán más allá de la actual crisis sanitaria.
Tendremos que acostumbrarnos a un cambio de nombre porque pasan a denominarse Red de flexibilidad y estabilización del empleo porque tendrán la intención de frenar los despidos en una situación de crisis de una empresa o sector.
Habrá dos modalidades: la modalidad cíclica y la sectorial. La primera será en caso de coyuntura macroeconómica general que aconseje la adopción de instrumentos adicionales de estabilización (su duración será de un año); mientras que la segunda se activará «cuando se aprecien cambios permanentes que generen necesidades de recualificación y de procesos de transición profesional de las personas trabajadoras». También durará un año, pero con posibilidad de dos prórrogas de seis meses cada una de ellas.
En cualquier caso, los nuevos ERTES permitirán una reducción de las cotizaciones sociales para las empresas que puede oscilar entre el 20% y el 90%. A cambio, la empresa está obligada a realizar cursos de formación para los trabajadores afectados y a no despedirlos durante los seis meses posteriores a la finalización de esta suspensión de contrato.
A partir de ahora, esta reforma laboral acordada por los agentes sociales y el gobierno se aprobará en el Consejo de Ministros de este 28 de diciembre y deberá pasar por el trámite parlamentario en el Congreso de los Diputados y el Senado para que entre en vigor.
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