La vicepresidenta segunda y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, ha dicho que el límite del sueldo que no se podrá embargar por una ejecución hipotecaria es el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) más un 10%. Esta cantidad se incrementará un 20% más por cada persona a cargo del embargado.
Así consta en el Real Decreto de medidas anticrisis pactadas con los partidos políticos que ha aprobado el Consejo de Ministros. Esta elevación se ha acordado para proteger a los segmentos sociales “más vulnerables y más expuestos a la crisis”, según una nota del Ministerio de Economía y Hacienda.
Actualmente, en caso de ejecución hipotecaria no se puede embargar del sueldo el equivalente al SMI, que para 2010 está fijado en 633,30 euros al mes. Con la nueva normativa aprobada, el límite queda en el SMI más un 10%, al que además se podrá sumar un 20% adicional por cada miembro del núcleo familiar que no disponga de ingresos propios regulares, salarios ni pensión.
Otra medida dirigida “muy especialmente y muy directamente” a los ciudadanos es la aplicación de un IVA superreducido (del 4%) a servicios de atención a la dependencia que sean objeto de un concierto entre la administración autonómica y la empresa que lo preste. Aquí estarían incluidas no sólo las plazas de residencia, también las de los centros de día y de noche, la ayuda a domicilio y la teleasistencia, según Salgado. También se reduce el IVA a un 8 por ciento en las obras de reforma doméstica, aquellas que realizamos en nuestra casa.