Respecto a la compatibilidad entre una prestación de desempleo (contributiva) y una beca remunerada, la normativa establece la compatibilidad porque como becario no existe relación laboral.
Es lo que sucede en los supuestos de becas y ayudas por asistencia a las acciones de formación ocupacional o para realizar prácticas que formen parte del plan de estudios y se produzcan en el marco de colaboración entre las entidades que conciertan la beca y el centro docente (RD 625/1985) También resultan compatibles con las prestaciones por desempleo –o subsidios– los complementos reconocidos a trabajadores.
Lo que es importante es que se asegure que está ante unas prácticas propiamente.
Norma Nieto www.labeabogados.com Tfno 91 314 90 16 * Nota: “Las respuestas facilitadas se elaboran según la información general facilitada en las consultas, debiendo entender las mismas como orientativas de las dudas planteadas. Desde nuestra posición recomendamos siempre contactar con LaBE Abogados para un estudio detallado de cada situación y/o a la administración cuando ello fuera preciso”