Tras años de litigios, el Tribunal Supremo ha determinado que los riders de Glovo son falsos autónomos en una sentencia cuyo fallo se ha dado a conocer en las últimas horas.
Se trata de una sentencia importantísima porque dirime en gran medida el conflicto planteado entre las empresas de reparto a domicilio, de delivery y los representantes de los trabajadores que han denunciado las condiciones laborales que sufren.
Aunque la sentencia completa se dará a conocer en los próximos días, el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha adelantado que «la relación existente entre un repartidor y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral.»
Los magistrados consideran que Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, como sostenía la empresa. Por contra, consideran que se cumplen «las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad».
La sentencia en la que se declara que los riders de Glovo son falsos autónomos, se refiere al caso concreto de un repartidor de esta empresa en Madrid que defendió que la relación con la empresa tenía carácter laboral aunque siempre había trabajado como autónomo. En un principio, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid falló a favor de la empresa.
El abogado de este rider, Luis Suárez Machota llevó el asunto al Tribunal Supremo pidiendo que unificara doctrina sobre la materia y que se siguiera el criterio de un fallo del TSJ de Asturias. El recurso de casación del rider contó con el apoyo de la Fiscalía del Supremo, que también defendía la relación laboral entre Glovo y el repartidor.
Glovo espera cambios en la regulación laboral de los riders
Los representantes de Glovo han emitido un comunicado en el que expresan su respeto por la sentencia del Tribunal Supremo aunque recuerdan que otras decisiones judiciales les son favorables, como la adoptada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En ese escrito, Glovo manifiesta que «la empresa está a la espera de la definición del marco regulatorio por parte del Gobierno, así como de los organismos europeos. Algo que la empresa siempre ha defendido, ya que las resoluciones judiciales versan sobre situaciones concretas de un modelo en constante evolución.
«Glovo cree firmemente que esta regulación debe ser promovida en base al diálogo entre todos los actores interesados. La compañía quiere ser parte activa de la solución, manteniendo una posición abierta y de consenso con las asociaciones, agentes sociales y el Ministerio para ser parte de la solución y no del problema», agregan en la nota.
UGT pide la paralización de la ley sobre los riders que se está negociando
Por su parte, el sindicato UGT ha mostrado su satisfacción por la sentencia del Supremo puesto que con ella,
UGT ve «una gran noticia» que el Supremo haya reconocido a los ‘riders’ como falsos autónomos porque «acabaría con el abuso laboral y la mercantilización del trabajo que se produce en este sector».
«Hay que avanzar en la negociación colectiva como herramienta para la adecuación de la actividad de las plataformas digitales dentro de los ámbitos funcionales de los convenios sectoriales», ha pedido UGT. El sindicato considera que la sentencia también «es una gran noticia» para la Seguridad Social, ya que estas empresas tendrán que cotizar por sus trabajadores. Esta organización recuerda que las empresas de reparto se ahorran un total de diez millones de euros en cotizaciones a la Seguridad Social.
Puedes ver otras noticias sobre ofertas de trabajo, recursos de empleo y novedades sobre la actualidad laboral en Portalparados aquí.