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¿Puede perjudicarme un contrato de 2 días para el cómputo de días con derecho a prestación?

Para poder solicitar la prestación por desempleo es necesario tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 360 días, dentro de los 6 años anteriores al cese, o desde que se te reconoció la última prestación por desempleo, independientemente del tipo de contrato; a excepción de los contratos a tiempo parcial que contabilizarán los días cotizados dependiendo del número de días que se trabajen a la semana (5 días se contabiliza como una semana cotizada, si se trabajan 2 días, se contabilizan sólo esos 2 días).

Para el caso de haber cotizado menos de un año, se podrá acceder a un subsidio por desempleo para aquellos que tienen responsabilidades familiares y hubieran cotizado al menos 3 meses o 6 meses si no las tiene pero en ambos casos carezcan de rentas superiores al 75% de salario mínimo interprofesional.

Por tanto Alaitz, esos 2 últimos días trabajados se te acumularán con los demás como más días cotizados. No es cierto que los contratos tengan que ser de un tiempo mínimo para que coticen (a excepción como te he comentado de los contratos a tiempo parcial).

Mariela García

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