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¿Consume tiempo de paro acumulado la prestación por ERTE?

Si estás dentro de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, quizás te has preguntado si consume tiempo de paro acumulado la prestación por ERTE.

La última ampliación de las medidas de protección del empleo hasta el 31 de mayo, entre las que se encuentran las prestaciones por ERTE, incluye también “la conservación del contador a cero en los términos previstos en el apartado 7” del Real Decreto-ley 20/2020, del 29 de septiembre.

Nos dirigimos, por tanto, al citado apartado en el BOE para descubrir en qué términos se recoge la medida y en que caso se aplica:

La reducción de las prestaciones consumidas a partir del 1 de octubre de 2020 en los expedientes de regulación temporal de empleo en los que hasta ahora se aplicaba dicha medida, no obstante, no afectará a las nuevas prestaciones que se inicien a partir del 1 de octubre de 2026. 

Sin perjuicio de lo previsto en los párrafos precedentes, con el objetivo proteger a las personas afectadas en sus empleos por la crisis, especialmente a las más vulnerables, no se computarán en ningún momento como consumidas las prestaciones por desempleo disfrutadas, durante los expedientes referidos en el apartado 1 de este artículo, por aquellas que accedan a un nuevo derecho, antes del 1 de enero de 2022, como consecuencia de la finalización de un contrato de duración determinada o de un despido, individual o colectivo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o un despido por cualquier causa declarado improcedente.

¿Consume tiempo de paro acumulado la prestación por ERTE?

De esta forma, la respuesta a esta pregunta es NO, siempre que los motivos de la baja en la empresa sean los contemplados en la normativa.

Por ejemplo, como recordó la asesora del SEPE, María José Gómez, en el programa Madrid Trabaja de Onda Madrid sí hay un posible escenario en el que sí habría consumido tiempo acumulado.

“Sí se podrían consumir días de derecho si se pide una prestación en caso de solicitarse por un despido disciplinario”, indicó la asesora.

En cualquier caso, María José Gómez señaló que “la única forma de saberlo es cuando se produzca esa situación, en la oficina del SEPE ya le diríamos qué cotizaciones son las que se pueden utilizar y las que no”.

Pincha aquí para escuchar al completo la última intervención de la asesora del SEPE, María José Gómez, en el programa Madrid Trabaja de Onda Madrid.

Y si quieres conocer más noticias relacionadas con prestaciones o subsidios del Servicio Público de Empleo Estatal pincha aquí.

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2 COMENTARIOS

  1. Buenos días, mi nombre es José Luis y quería saber que paro te corresponde si mi erte era de 8 horas pero la empresa me saco del erte 4 horas ya llevo 10 meses con 4 horas por la empresa y 4 por erte.
    En breve se va hacer un ere donde me incluyen a mi .Que paro me corresponderá sobre jornada completa o media jornada. Gracias

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