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Bolsa de empleo en Miguelturra (Ciudad Real) para las instalaciones deportivas

El Ayuntamiento de Miguelturra ha convocado una bolsa de empleo para trabajadores que quieran dedicarse al cuidado y limpieza de instalaciones deportivas, y para cubrir las necesidad temporales, sustituciones por vacaciones o permisos, imprevistos o jubilaciones.

Requisitos de aspirantes

Entre los requisitos para poder postularse a esta bolsa de empleo figuran tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea. Tener cumplidos los 16 años y no exceder la edad de jubilación forzosa. Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente, si el título es del extranjero debe estar homologado.

No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el normal desempeño de funciones. No haber sido apartado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. No hallarse incurso en cualquiera de las causas de incompatibilidad previstas en al normativa vigente en la materia. Estar en posesión del permiso de conducir tipo B.

Procedimiento de selección concurso-oposición

El proceso de selección para esta bolsa de empleo se llevará a cabo por medio de concurso-oposición.

La fase de oposición supondrá un 60% de la calificación final. Y consistirá en un examen tipo test de 40 preguntas y tres de reserva, con cuatro respuestas posibles y sólo una correcta.

Los aciertos contarán un punto a favor, y para restar deberán acumularse tres fallos. Las preguntas de reserva sólo se podrán responder si se produce la anulación de alguna de las 40 reglamentarias. Para superar la oposición la puntuación mínima será de 20 puntos.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, quedando excluidos en caso de no presentarse. Los aspirantes deben presentar el DNI el día del examen.

El aprobado de la fase de oposición da lugar a la fase de concurso. Esta segunda fase contará un 40% de la puntuación total y se valorarán la experiencia profesional, la formación y otros méritos.

En cuanto a la experiencia profesional, por servicios prestados en la misma escala o subescala, categoría o grupo profesional y funciones relacionadas en la Administración Pública se sumarán 0,15 puntos por mes completados. Hasta un máximo de 15 puntos.

Por trabajo desarrollado de forma remunerada de la misma naturaleza a la que se opta en cualquier otro centro, entidad o empresa, 0,10 puntos por mes. Hasta un máximo de 5 puntos.

A efectos de lo dispuesto en los puntos anteriores, los contratos de tiempo parcial se
computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

Solo serán valorados los meses completos, no teniéndose en cuenta los periodos
inferiores al mes. Para la acreditación de dicha experiencia se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Certificado de servicios prestados en la Administración Pública correspondiente.
  • Informe de vida laboral actualizado en el que consten los servicios cuya valoración se pretende.
  • Contrato de trabajo o certificado de empresa justificativo de la experiencia manifestada en empresas privadas, con referencia expresa al periodo de prestación de servicios y categoría en la que se han prestado los mismos.

La formación supondrá el 40% de la de la valoración total de la fase de concurso. La puntuación máxima será de 15 puntos y sólo se tendrán en cuenta los cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones del puesto:

  • Administraciones Públicas.
  • Centros de formación u organizaciones sindicales en cuanto a cursos desarrollados en
    ejecución de un plan de formación continua de las Administraciones Públicas.
  • Centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación, así como los impartidos
    por organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas y
    cualquier otro financiado con fondos públicos.

Los referidos cursos se valorarán según su duración, de acuerdo con el siguiente baremo:

  • De 20 a 30 horas de duración: 0,20 puntos.
  • De 31 a 60 horas de duración: 0,40 puntos.
  • De 61 a 100 horas de duración: 0,80 puntos.
  • De 101 a 150 horas de duración: 1 punto.
  • De 151 a 300 horas de duración: 1,50 puntos.
  • De 301 o más horas de duración: 2 puntos.

En relación con otros méritos, supondrán el 10% de la valoración total de la fase de concurso y se puntuará:

  • Por tener formación en cursos de prevención de riesgos laborales relacionados con el puesto a
    desarrollar, 0,10 puntos por cada 10 horas, hasta un máximo de 3 puntos.
  • Por tener cursos de primeros auxilios e Igualdad de género, 0,10 puntos por cada 10 horas,
    hasta un máximo de 2 puntos.

Sólo se puntuarán aquellos cursos cuya duración sea superior a 20 horas. El máximo de puntuación será de cinco puntos.

Presentación de instancias y documentación

Las instancias para postularse al proceso selectivo, sólo se podrán presentar a por registro telemático. El plazo para presentarlas acaba el día 29 de septiembre.

Junto a la instancia se deben presentar:

1.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad y solicitud debidamente firmada.
2.- Declaración jurada que no estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas,
ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones
Públicas.
3.- Declaración jurada de no padecer enfermedad o defecto físico que impida realizar las
funciones asignadas al puesto.
4.- Título académico exigido y copia del carnet de conducir.
5.- En el caso de extranjeros, acreditación de la nacionalidad.
6.- Los méritos alegados relativos a contratos de trabajo, deben justificarse de modo
efectivo mediante copia de contratos, certificados de empresa y vidas laborales junto con la
solicitud, no admitiéndose nueva documentación con posterioridad.
7.- Los títulos de los cursos de formación y perfeccionamiento, así como las titulaciones
académicas adicionales deben aportarse junto con la solicitud, no admitiéndose ninguna
documentación posteriormente.
8.- Resguardo acreditativo de haber abonado por tasas los derechos de examen que se
fijan en 10,40 euros. Esta cantidad deben ser satisfechos por los aspirantes al presentar la
instancia en cualquier entidad bancaria de la localidad a favor del Ayuntamiento. En cualquier
caso se adjuntará a la instancia el correspondiente resguardo de ingreso de dicha cantidad.

Admisión de aspirantes y calificación definitiva

Una vez cerrado el plazo de presentación de instancias, el Ayuntamiento publicará la lista definitiva de admitidos en el tablón de Edictos digital del Ayuntamiento. El consistorio concede tres días hábiles para presentar recursos.

La calificación definitiva vendrá definida por la suma de las puntuaciones de las distintas pruebas, siempre que se hayan superado el proceso, con las proporcionalidades establecidas en las bases.

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