Buenas tardes:
Llevo cotizando 3 años aproximadamente. A los dos años de cotización, finalizó mi contrato y me correspondieron 6 meses de prestación por desempleo.
Gaste 1 mes y medio y empecé a trabajar, estuve 8 meses y volví a coger la prestación por desempleo que me restaba de los 6 meses, a los 21 días inicio en otro trabajo contrato de 6 meses, que finalizó hace una semana. Actualmente estoy cobrando la prestación por desempleo restante de los meses de prestación por desempleo iniciales.
Mi pregunta es la siguiente; ¿ Los últimos 8 meses y 6 meses cotizados de forma discontinua me cuentan para una posterior prestación por desempleo? ¿Para qué me contaran tendría que trabajar 12 meses ininterrumpidamente?? ¿O qué situación se debería de dar?? Gracias.
Efectivamente, en los supuestos planteados, al haber estado trabajando por periodos menores a 12 meses, tu prestación de desempleo inicial se ha visto suspendida y por el nuevo tiempo trabajado no has generado nuevas prestaciones contributivas, pues se necesita un mínimo de 12 meses de cotización, pero no se exige que los doce meses sean continuos, dado que se toma como referencia el total de lo cotizado en los últimos 4 años anteriores.
Conforme al artículo 3.2. del Real Decreto 625/1985, cuando al trabajador se le reconozca una prestación de desempleo y opte por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron aquella prestación por la que no hubiera optado no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior.
En el supuesto de que no hay lugar a la opción, porque no has tenido nuevas cotizaciones por un mínimo de 12 meses, cabe entender que las cotizaciones no tenidas en cuenta si podrán ser usadas para futuras prestaciones, esto siempre con la legislación actual.