Buenos días, estoy desempleado y de momento sin prestación, os comento mi caso. Tengo una trayectoria profesional de 17 años, resumo el último año y medio:
Firmo contrato indefinido a jornada completa el día 1 de Octubre de 2008 con la empresa "A", el 1 de Octubre de 2009 hacemos una reducción de jornada, quedando al 50% de la habitual, y el 1 de Diciembre del mismo año volvemos a reducir jornada quedando al 25%, mientras tanto y el motivo de reducir estas jornadas, es porque con la empresa "B" he firmado un contrato eventual por circunst., de la producción a media jornada que va del 2 de Octubre de 2009 al 28 de Enero de 2010, en la empresa "A", pido baja voluntaria el 8 de Enero de 2010, por que la empresa "B" me promete continuidad al vencimiento del contrato, cosa que al final del mismo no cumple, y me quedo con una baja voluntaria (empresa "A") y un vencimiento de contrato (empresa "B").
Me persona en la oficina de empleo de mi localidad, a solicitar la prestación por desempleo, se queda toda la documentación presentada y ya está, pasado un tiempo no recibo resolución favorable de esta solicitud, por lo que pregunto en la oficina del Inem, y la funcionaria me dice que "la prestación me llegara denegada, porque no tengo tiempo cotizado, al tener una baja voluntaria y no al menos un año en la empresa B"
Mi pregunta y duda es: ¿Esto es así, incluso habiendo estado unos meses como pluriempleado? Tenia prestación concedida de unos años atrás que igualmente estuve desempleado y no agote, ¿Puedo solicitar esta prestación antigua?, si todo esto es que no ¿Tengo derecho alguna prestación, ayuda?
Es cierto que la baja voluntaria en la empresa A implica no estar en situación legal de desempleo, y en consecuencia, no se cumple uno de los requisitos para acceder a la protección por desempleo.
Si la prestación antigua suspendida era una contributiva, y teniendo en cuenta que la duración del trabajo en la empresa B ha sido inferior a 360 días, podrás solicitar la reanudación de la prestación suspendida. En el caso de que el tiempo trabajado hubiera sido superior a 360 días podrías optar por la prestación que prefirieras: o reabrir la prestación anterior con la cuantía que tuvieras en su momento y por el periodo que te quedaba o percibir la prestación nueva generada con las últimas cotizaciones.
Mariela García-Valdecasas