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¿Prepararse una oposición es excusa suficiente para rechazar ofertas de empleo del Inem?

Mi mujer y yo estamos parados y estamos aprovechando para preparar oposiciones a la Administración. Obviamente, la preparación lleva unos meses y durante estos meses no nos gustaría recibir ofertas de empleo que nos obligasen a dejar nuestra preparación colgada. Además, acudimos a clase en una academia donde nos ayudan con la preparación de la oposición, y esto nos está costando un dinero que en caso de no poder terminar la preparación, será dinero tirado.

Así es que, quería saber si el hecho de estar preparando oposiciones es escusa suficiente para poder rechazar las ofertas de empleo del INEM sin miedo a que puedan quitarte la prestación.

16/03/2010 | Hugo Sánchez

Es obligación de todos los trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo suscribir y cumplir las exigencias del Compromiso de Actividad:

  • Es el que adquiere el solicitante o beneficiario de las prestaciones por desempleo de buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada y participar en acciones específicas de motivación, información, orientación, formación, reconversión o inserción profesional, así como de cumplir las restantes obligaciones como beneficiario de prestaciones.

Entre dichas exigencias se encuentra la de aceptar una colocación adecuada que le sea ofrecida por la oficina de empleo o por la agencia de colocación sin fines lucrativos.

Por tanto no se puede rechazar un empleo si es adecuado, y si así lo hiciera podría incurrir en una infracción grave y ser sancionado con pérdida de su subsidio por desempleo.

Sus obligaciones como solicitante y beneficiario de prestaciones por desempleo son:

- Proporcionar toda la documentación e información necesaria para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación de las prestaciones.

- Suscribir y cumplir las exigencias del compromiso de actividad, que supone el deber de buscar empleo activamente y de participar en acciones de mejora de la ocupabilidad que determinen los Servicios Públicos de Empleo competentes.

- Participar en los trabajos de colaboración social, programas de empleo, o acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

- Aceptar la colocación adecuada que le sea ofrecida por la oficina de empleo o por la agencia de colocación sin fines lucrativos.

- Devolver (en el plazo de cinco días) al Servicio Público de Empleo y a las agencias de colocación sin fines lucrativos, el justificante de haber comparecido a las ofertas de empleo facilitadas por aquéllos.

- Renovar la demanda de empleo en las fechas señaladas.

- Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho (situaciones de incompatibilidad con las prestaciones, por ejemplo, el trabajo) o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción, en el momento de la producirse dichas situaciones.

- Reintegrar, si es el caso, las prestaciones indebidamente percibidas.

Mariela García-Valdecasas

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